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2.- A base de dicha ley y de la Resolución Suprema N° 209848 de 17 de octubre de 1991, se acordó el contrato de transacción de fs. 5 a 7, cuya cláusula Segunda reconoce: "Considerando que revisados los archivos de ENFE, se evidencia que efectivamente se realizaron las ventas, descontándose el monto por planilla y una vez cancelada la totalidad del valor de cada lote se les entregó la posesión y en la mayoría de los casos la minuta correspondiente". Y en la cláusula Tercera del mismo contrato (fs. 5 vta.) se lee: "...La EMPRESA NACIONAL DE FERROCARRILES (ENFE), representada por el Dr. Joaquín Calvimontes Pinto, según poder N° 325/97 otorgado por la Notaria de Fe Pública N° 35 de la ciudad de La Paz, confiesa haber transferido los lotes de terreno situados en la UV. 23, Manzana 1, 2, 3 y 4 a los ex trabajadores de ENFE ratifica y da por bien hechas todas las ventas que fueron extendidas a favor de los ex trabajadores reconociéndoles el derecho propietario..." Luego, el documento que contiene el contrato de transacción incluye la lista de los compradores, UV., manzano y número de lote
- AUTO SUPREMO N° 106. Sucre, 4 de marzo de 2002
- DISTRITO : Santa Cruz
- PARTES : Martha Salazar Burgos y otra c/ Tomas Eduardo Abudinen Moreno y otros
- RELATOR : Ministro doctor Armando Villafuerte Claros
- CONSIDERANDO: El Juez 8° de Partido en lo Civil de Santa Cruz, mediante auto de
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- Con tales fundamentos piden anular los autos recurridos de fs. 720 y 722
- Con tales fundamentos, las recurrentes piden anular obrados hasta el vicio más antiguo o en
- CONSIDERANDO: El examen de lo actuado en el proceso, permite a la Sala Civil del
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- El ad quem incurre en error de derecho al confundir las leyes que rigen el
- En el sub lite se constata que, dictada una ley expresa (L
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Relator: Ministro Armando Villafuerte Claros
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Dr. Armando Villafuerte Claros
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 4 de marzo de 2002
- Dra. Teresa Rosquellas Fernandez
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
