Auto Supremo AS/0106/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0106/2002

Fecha: 04-Mar-2002

CONSIDERANDO: El examen de lo actuado en el proceso, permite a la Sala Civil del


CONSIDERANDO: El examen de lo actuado en el proceso, permite a la Sala Civil del Tribunal Supremo, establecer:

1.- El art. 1° de la Ley N° 1266 de 30 de septiembre de 1991 autoriza a la Empresa Nacional de Ferrocarriles proceda a la venta definitiva de lotes de terreno a favor de los trabajadores ferroviarios de la Red Oriental que prestan servicios permanentes en ese distrito, ubicados en el Barrio de Guaracachi de la ciudad de Santa Cruz, con una extensión de 576.424.36 ms2. (QUINIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS VENTICUATRO PUNTO 36 METROS CUADRADOS), distribuidos en las urbanizaciones "21 de enero de", "Manzano Diez", "Vía y Obras", "Villa 1° de Mayo", "Zona Clínica" y "Profesionales". Esta ley de la República es obligatoria desde el día de su publicación, conforme manda el art. 81 de la Constitución Política del Estado. Su cumplimiento, por consiguiente, es inexcusable y forzoso. No puede dejar de ejecutarse y menos ser desconocida