Auto Supremo AS/0123/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0123/2002

Fecha: 12-Mar-2002

CONSIDERANDO: El Juez 2º de Partido en lo Civil de la ciudad de El Alto-La





VISTOS: El recurso de casación de fs. 219-222 presentado por Julia Patzi vda. de Cutili, contra el auto de vista de fs. 175 pronunciado por la Sala Civil Segunda en fecha 22 de febrero de 2001, en el proceso ordinario seguido por ella contra Braulio Machicado y Emma Santander de Machicado, sobre nulidad de escritura y otros; lo actuado en el proceso, y

CONSIDERANDO: El Juez 2º de Partido en lo Civil de la ciudad de El Alto-La Paz, pronuncia la sentencia de fs. 156-157 declarando probada la demanda e improbada la reconvención; y, en consecuencia, no ha lugar a la usucapión quinquenal y sin valor legal la escritura pública Nº 400/89 de 17 de mayo de 1989, otorgada ante el notario Carlos Vargas Herrera, como la cancelación de la partida computarizada Nº 01041234 de 13 de junio de 1989 en la Oficina del Registro de Derechos Reales de El Alto, reponiéndose la partida original Nº 3456, debiendo la parte demandada entregar el lote de terreno Nº 2 manzano Nº 25 ubicado en Villa Tunari del El Alto, en el plazo de cinco días, bajo conminatorias de derecho al haberse probado la acción reivindicatoria