Auto Supremo AS/0123/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0123/2002

Fecha: 12-Mar-2002

El Tribunal de apelación incurre en seria contradicción en el párrafo e) del II Considerando,


El Tribunal de apelación incurre en seria contradicción en el párrafo e) del II Considerando, al sostener "en cuanto a la adquisición por prescripción o sea la usucapión quinquenal, faltaría el requisito esencial primero cual es el justo título, por encontrarse viciado, y también la buena fe, lo que hace improsperable la acción por más que hayan transcurrido más de cinco años en que los demandados se encuentran en posesión del inmueble". Si el título está viciado, como sostiene el auto recurrido, no podía declarar improbada la demanda