Auto Supremo AS/0170/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0170/2002

Fecha: 30-Abr-2002

Que, analizada la situación del procesado en relación a los elementos y medios probatorios sometidos


Que, analizada la situación del procesado en relación a los elementos y medios probatorios sometidos al contradictorio, se establece que la conducta del procesado Carlos Ramos Vides, se encuadra en la comisión del delito de tentativa de transporte de sustancias controladas, previsto en el art. 55 de la Ley 1008 con referencia al art. 8 del Código Penal, habida cuenta que la droga estaba siendo trasladada desde la Localidad de "Manco Kapac" con destino final la Localidad de "Yapacaní"; empero por la técnica sofisticada de mimetizar y tratar de asegurar, no ser descubierto por la policía, y sobre todo por la cantidad del alcaloide, corresponde agravar la pena, graduándole en ocho años de presidio, conforme adecuadamente ha calificado y graduado la pena, el Tribunal del Juzgado de Partido de Sustancias Controladas en la sentencia de fs. 109 - 110 vlta , y no así, como erróneamente califica el tribunal ad quem, como delito consumado; por lo que corresponde casar el Auto de Vista, parcialmente, sólo en cuanto a la calificación del delito, manteniendo la revocatoria, en cuanto a la tercería de dominio excluyente y por consiguiente, confiscado el vehículo instrumento del delito cuyas características fluyen a fs. 16 de obrados