Auto Supremo AS/0188/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0188/2002

Fecha: 21-May-2002

CONSIDERANDO: Que de la lectura del Auto de Vista impugnado, se tiene que el Tribunal


CONSIDERANDO: Que de la lectura del Auto de Vista impugnado, se tiene que el Tribunal de apelación, luego del análisis de los datos del proceso, llega a la conclusión que, por la disparidad y contradicción de los requerimientos fiscales emitidos en diferentes circunstancias, el desistimiento formulado por el denunciante Vitaliano Choque Mérida de fs. 428, y al no haber sido el procesado alto funcionario del Consejo de la Judicatura, cuando se produjo el hecho, no existe prueba plena para formar convicción y determinar la culpabilidad del Guillermo López Nogales