Auto Supremo AS/0229/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0229/2002

Fecha: 25-Jun-2002

CONSIDERANDO: Que del análisis de los datos que informan el proceso, se establece en forma


CONSIDERANDO: Que del análisis de los datos que informan el proceso, se establece en forma palmaria que la Corte de alzada con la facultad que le confiere el art. 135 del Cód. de Pdto. Pen, ha procedido con criterio selectivo y sentido de eficacia, no solamente a la valoración de las pruebas comunes del cuaderno acusatorio y de descargo, sino también a las meramente indiciarias y presuntivas, que se obtuvieron de los mismos elementos introducidos al contradictorio, llegando a la conclusión irrefutable que los procesados Ricardo Sember Rodríguez y Germán Vaca Pizarro en forma dolosa cometieron el delito de tráfico de sustancias controladas, previsto en la sanción del art. 48 de la L. Nº 1008, al haberse descubierto e incautado por efectivos de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico la cantidad de 55.000 grs. de clorhidrato de cocaína en la propiedad del primero, ubicado en la Localidad de "Santa Rosa de las Rocas", droga que estaba destinada para el tráfico hacia los mercados de la República Federativa del Brasil, en cuya actividad ilícita estuvo ligado el procesado Nelson Rául Gómez Salazar, de ahí su participación como cómplice en el delito de tráfico de droga cristalizada