Según el jurisconsulto Guillermo Cabanellas, la prueba plena, es aquella que demuestra sin género alguno
Según el jurisconsulto Guillermo Cabanellas, la prueba plena, es aquella que demuestra sin género alguno de duda la verdad del hecho controvertido en una causa, precisamente esto es lo que ha ocurrido en la especie, producto de dicha valoración de los elementos probatorios como señala "Sentis Melendo", los Tribunales han aplicado con ponderación lo dispuesto por el art. 243 del Código de Procedimiento Penal, calificando la conducta de los inculpados Ricardo Sember Rodríguez y Germán Vaca Pizarro, en la comisión del delito de tráfico de clorhidrato de cocaína, que por el volumen confiscado la pena impuesta se ajusta a las circunstancias, condiciones económicas, gravedad y consecuencias que establecen los arts. 37, 38 y 40 del Código Penal, sin que se advierta que los Tribunales hayan infringido las disposiciones legales que los incriminados impugnan en sus recursos de casación venidos a fs. 467-470 vlta. y 478-481, lo que amerita dar aplicación al inc. 2) del art. 307 del Código de Procedimiento Penal. Asimismo, en cuanto a la confiscación de bienes de propiedad de los procesados, al haberse comprobado que estos fueron producto de la actividad ilícita del narcotráfico, resulta correcta la aplicación de los incs. a) y b) del art. 71 de la Ley 1008, así como la devolución de aquellos que no tuvieron ninguna ligazón o, que en calidad de ganancialicios fueron dispuestos en un 50 % a favor de las esposas de los principales incriminados
- CONSIDERANDO: Que el Juez a-quo dicta sentencia a fs
- En grado de apelación la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Justicia del
- CONSIDERANDO: Que el procesado Ricardo Sember Rodríguez recurre de casación a fs
- CONSIDERANDO: Que del análisis de los datos que informan el proceso, se establece en forma
- Que en el caso de autos, está plenamente justificado el cuerpo del delito, exigido por
- Según el jurisconsulto Guillermo Cabanellas, la prueba plena, es aquella que demuestra sin género alguno
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- RELATOR: Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara.
