Auto Supremo AS/0237/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0237/2002

Fecha: 24-Jul-2002

CONSIDERANDO: Que, la demanda desvinculatoria de fs





VISTOS: El recurso de casación, deducido a fojas 148-151 por Luisa Siles Camacho contra el auto de vista de fojas 141-144, pronunciado en fecha 8 de octubre de 2001, por la Sala Civil Primera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del proceso ordinario sobre divorcio absoluto seguido por la recurrente contra Juan Arandia Falón, los antecedentes procesales, el dictamen del señor Fiscal General de la República de fojas 156-157, y

CONSIDERANDO: Que, la demanda desvinculatoria de fs. 6-7 interpuesta por Juan Arandia Falón contra su esposa Luisa Siles Camacho, fue tramitada legalmente concluyendo con la sentencia de fs. 96-99 que declara improbadas tanto la demanda principal como la reconvencional, en consecuencia subsistente el vínculo matrimonial que une a los esposos en litigio. Fallo de primera instancia que recurrido en apelación por el demandante principal, es revocado parcialmente por el Tribunal de Alzada quien declara probada la demanda principal únicamente con referencia a la causal 4° del art. 130 del Código de Familia y disuelto el vínculo matrimonial que une a Juan Arandia Falón con Luisa Siles Camacho, disponiendo las medidas definitivas con relación al hijo, bienes, etc