Auto Supremo AS/0237/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0237/2002

Fecha: 24-Jul-2002

En el caso que nos ocupa, ni el actor menos la demandada reconvencionista, han demostrado


En el caso que nos ocupa, ni el actor menos la demandada reconvencionista, han demostrado las causales alegadas y sobre las cuales fundan su acción de divorcio absoluto. En efecto, en lo que respecta al demandante no sólo que en su demanda señaló como su domicilio el del hogar conyugal, lo que demuestra que no existía separación de hecho, sino que en cuanto a los malos tratos de palabra y de obra que alegara ser objeto por parte de su cónyuge, tampoco los demostró. En efecto las testificales de cargo que aportara en la instancia, nada refieren respecto a los malos tratos, únicamente el informe social 155/99 refiere que por información de inquilinos y algunos vecinos manifestaron que el demandante nunca recibió un buen trato y era constantemente agredido por su esposa, sin embargo, dicho informe no identifica a los vecinos que aportaron dichos datos a la visitadora social, menos, como se tiene indicado, está corroborado por otras pruebas. Por parte de la demandada reconvencionista tampoco ha acreditado los hechos aseverados en su demanda por lo que ha dejado, al igual que el demandante, en orfandad de pruebas su acción reconvencional