Además en el fallo impugnado se encuentra con relación a la procesada Rocío Marla Molina
Además en el fallo impugnado se encuentra con relación a la procesada Rocío Marla Molina Osinaga, que se le ha condenado al margen del delito por el que fue procesada por un otro, incumplimiento de deberes, previsto en el art. 154 del Código punitivo, hecho que viola el art. 1° del Código de Procedimiento Penal, el art. 16 inc.4) de la Constitución Política del Estado y atenta al debido proceso
- CONSIDERANDO: Que el Tribunal a-quo a fs
- Contra el referido fallo de segundo grado recurre de casación Rocío Marla Molina Osinaga, con
- Por su parte Delia Amelia Callisaya Chávez a fs
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión detenida de los datos que arroja el proceso, se llega
- El Tribunal ad-quem a tiempo de pronunciar su fallo, no ha considerado que de acuerdo
- Además en el fallo impugnado se encuentra con relación a la procesada Rocío Marla Molina
- Por lo expuesto se evidencia que el Tribunal ad-quem, ha incurrido en las causales previstas
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Proveído.- David Baptista Velásquez.- Secretario de Cámara.
