Auto Supremo AS/0332/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0332/2003

Fecha: 22-Oct-2003

El fallo declara improbada la demanda principal y probada la reconvencional, ambas por la causal

SALA CIVIL

AUTO SUPREMO N° 332 Sucre, 22 de octubre de 2003

DISTRITO : Santa Cruz PROCESO: Ordinario de Divorcio

PARTES : Angel Rojas Escobar c/ Lucía Escobar Orellana

MINISTRO RELATOR: Dr. Kenny Prieto Melgarejo

 

VISTOS: El recurso de casación interpuesto, en folios 311 a 313 vuelta por Sergio Hugo Romero Aldunate, en representación de Angel Rojas Escobar, contra del auto de vista de folios 305 a 306 pronunciado en fecha 9 de agosto de 2002 por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz de la Sierra, en el proceso ordinario de divorcio que sustenta el recurrente con Lucía Escobar Orellana, la respuesta de ésta de fs. 315 a 319 vuelta, la concesión de fecha 3 de octubre de 2002, el dictamen del señor Fiscal General de fecha 7 de agosto de 2003 cursante en folios 328 - 329, los antecedentes del cuaderno procesal (dos cuerpos) y,

RESULTANDO: Que en este proceso doble de derecho familiar sobre desvinculación matrimonial, se pronuncia la sentencia que sale en folios 251-253 por la Juez Tercero de Partido de Familia de la ciudad de Santa Cruz, en suplencia legal por pérdida de competencia del anterior Juez que sentenció la causa, en cumplimiento del auto supremo anulatorio que cursa a fs. 241-242.

El fallo declara improbada la demanda principal y probada la reconvencional, ambas por la causal prevista en el art. 131 del Código de Familia. En cuanto a bienes del matrimonio dispone: la división y partición del inmueble de la calle Sutó sin las mejoras introducidas, y del camión marca Volvo. Desestima acción negatoria que contiene la reconvención