Auto Supremo AS/0332/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0332/2003

Fecha: 22-Oct-2003

Que la comunidad de gananciales subsiste mientras no se extinga conforme a las causas que


Que la comunidad de gananciales subsiste mientras no se extinga conforme a las causas que se han mencionado en esta resolución, entre las que no está admitida la simple separación de hecho, por cuanto la separación- dice la ley- debe ser judicial y obviamente declarada por autoridad competente, extremo que no concurre en la especie