Auto Supremo AS/0332/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0332/2003

Fecha: 22-Oct-2003

Lo propio ocurre con la presunción de comunidad de bienes, la que tampoco se destruye


Lo propio ocurre con la presunción de comunidad de bienes, la que tampoco se destruye con la simple separación. Esta presunción cesa cuando hay decisión judicial, por lo que no se ha interpretado menos aplicado debidamente todo el régimen legal expuesto en esta resolución e invocada en el recurso como vulnerada, por lo que, es aplicable lo dispuesto por el art. 274 y el ordinal 1) del art. 253 del código de procedimiento civil, sin que sea atendible el criterio fiscal de nulidad por no ser cierta la causa que expresa