Auto Supremo AS/0593/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0593/2003

Fecha: 26-Nov-2003

Consecuentemente; en aquellos supuestos en que el Tribunal de alzada comprueba la inobservancia de la


Consecuentemente; en aquellos supuestos en que el Tribunal de alzada comprueba la inobservancia de la ley o su errónea aplicación; por cuyo motivo tenga la convicción plena de la inculpabilidad del imputado, no es pertinente anular totalmente la sentencia y disponer abrir nuevo juicio; sino dar cumplimiento a la última parte del art. 413 del Código de Procedimiento Penal, esto es, dictar directamente una nueva sentencia, definiendo la situación jurídica del imputado