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    Auto Supremo AS/0593/2003
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0593/2003

    Fecha: 26-Nov-2003

    RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García. Regístrese, hágase saber y devuélvase


    RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García. Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • CONSIDERANDO: Que, el fallo de fs
    • Que, la Sala Penal Tercera de la Corte de La Paz, conociendo en apelación restringida
    • Que, contra el fallo anterior, recurre de casación el Fiscal de Materia de Sustancias Controladas
    • CONSIDERANDO: Que, admitido el recurso de casación, corresponde en el marco legal, analizar, con la
    • Que, de la revisión de los datos del proceso, se advierte que en la parte
    • El hecho de que el Tribunal de alzada, considere que no existe prueba convincente para
    • De lo expuesto, se colige que existe incongruencia entre la parte considerativa y la resolutiva
    • DOCTRINA LEGAL: Que, conforme a la normativa legal vigente, la apelación restringida, por su naturaleza
    • Consecuentemente; en aquellos supuestos en que el Tribunal de alzada comprueba la inobservancia de la
    • El control del debido proceso y la actividad jurisdiccional en casos extremos, como e; presente,
    • POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
    • Para fines del art
    • RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García. Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.

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