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En cuanto a la impugnación al Auto de Vista que hace el imputado, respecto a la pena, encontramos que sólo existe contradicción con el precedente en cuanto a la fijación de los días multa, que de conformidad al art. 29 del Código Penal no puede ser superior a los 500 días multa, y el monto máximo total del día multa no podrá sobrepasar de veinticinco salarios mínimos mensuales nacionales
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