Como todo fraude, el estelionato tiene que estar dirigido a inducir al sujeto pasivo sobre
Como todo fraude, el estelionato tiene que estar dirigido a inducir al sujeto pasivo sobre la condición del bien respecto del cual contrata; esto resulta cuando se trata de un acto de ocultación; la disimulación no puede tener otra finalidad que el engaño: el agente calla para que el sujeto pasivo no conozca la condición real del bien y contrate como si ella no existiera o fuera distinta. De ahí que la culpabilidad en este delito requiere, el desconocimiento por parte del agente de la condición en que el bien se encuentra
- CONSIDERANDO: Que, la resolución de fs
- Que, la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Cochabamba, como Tribunal de alzada,
- Que, del Auto de Vista mencionado, recurre de casación Herminia Condori Felipez a fs
- CONSIDERANDO: Que, Herminia Condori Felipez, en su recurso de casación, invoca como precedente contradictorio el
- 2)
- 3)
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión y análisis del precedente invocado por la recurrente, como contradictorio
- Como se ve, el precedente contradictorio invocado, si bien trata del delito de estelionato, previsto
- CONSIDERANDO: Que, el ordenamiento jurídico penal, determina las conductas que constituyen delitos; y es precisamente
- Las acciones típicas del estelionato en consecuencia son: Las de vender, gravar y arrendar
- Al respecto, la doctrina señala que en este delito, lo que se atenta es el
- Como todo fraude, el estelionato tiene que estar dirigido a inducir al sujeto pasivo sobre
- Que, en el sub-lite, Herminia Condori Felipez, al hacerle consentir a Jorge Pérez Aguilar que
- CONSIDERANDO: Que, por lo expuesto, se concluye que no existe contradicción, en los términos del
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese, hágase saber a las Cortes Superiores del País y devuélvase
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
