Las acciones típicas del estelionato en consecuencia son: Las de vender, gravar y arrendar
Las acciones típicas del estelionato en consecuencia son: Las de vender, gravar y arrendar. Vende el que transfiere a otro la propiedad de un bien por un precio; no siendo indispensable que se haya efectuado la tradición de la cosa, ya que la venta a que se refiere el Código Penal es de cosa ajena, no la adquisición perfecta del derecho. Grava el que constituye sobre la cosa un derecho real de garantía (hipotecaria, prenda, antícresis), debidamente constituida con las formalidades exigidas por la ley para que el gravamen pueda ser opuesto a terceros. Y arrienda el que, por un precio, concede a otro el uso o goce de una cosa
- CONSIDERANDO: Que, la resolución de fs
- Que, la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Cochabamba, como Tribunal de alzada,
- Que, del Auto de Vista mencionado, recurre de casación Herminia Condori Felipez a fs
- CONSIDERANDO: Que, Herminia Condori Felipez, en su recurso de casación, invoca como precedente contradictorio el
- 2)
- 3)
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión y análisis del precedente invocado por la recurrente, como contradictorio
- Como se ve, el precedente contradictorio invocado, si bien trata del delito de estelionato, previsto
- CONSIDERANDO: Que, el ordenamiento jurídico penal, determina las conductas que constituyen delitos; y es precisamente
- Las acciones típicas del estelionato en consecuencia son: Las de vender, gravar y arrendar
- Al respecto, la doctrina señala que en este delito, lo que se atenta es el
- Como todo fraude, el estelionato tiene que estar dirigido a inducir al sujeto pasivo sobre
- Que, en el sub-lite, Herminia Condori Felipez, al hacerle consentir a Jorge Pérez Aguilar que
- CONSIDERANDO: Que, por lo expuesto, se concluye que no existe contradicción, en los términos del
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese, hágase saber a las Cortes Superiores del País y devuélvase
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
