Auto Supremo AS/0373/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0373/2003

Fecha: 09-Dic-2003

Sometida la causa a prueba, los de grado, en sus resoluciones de instancia, llegan al


Sometida la causa a prueba, los de grado, en sus resoluciones de instancia, llegan al convencimiento que la demandante no ha demostrado haber estado en posesión pacífica, quieta y continuada por el lapso de diez años, como prevé del art. 138 del Código Civil, por lo que repulsan la demanda y acogen la reconvencional de mejor derecho propietario de los herederos de Miguel Vásquez. Conclusión a la que llegan luego de analizar, apreciar y valorar la prueba aportada, con la facultad incensurable que les confiere el art. 1286 del Código Civil, sin que la recurrente hubiere demostrado en el recurso extraordinario, el error manifiesto en el que hubieren incurrido los de instancia, para hacer viable la casación en el fondo