CONSIDERANDO: Que dentro del proceso ordinario sobre reivindicación de inmueble a instancia de Hipólito Mercado
SALA CIVIL
AUTO SUPREMO N° 403 Sucre, 17 de diciembre de 2003
DISTRITO : Santa Cruz PROCESO: Ordinario sobre
reivindicación
PARTES : Hipólito Mercado Paz c/ Matilde Rojas Primo
RELATORA: Ministra Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
VISTOS: El recurso de casación interpuesto a fs. 149-150 por Matilde Rojas Primo, contra el auto de vista de fs. 145, pronunciado en fecha 26 de noviembre de 2001, por la Sala Civil Segunda de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el proceso ordinario sobre reivindicación seguido por Hipólito Mercado Paz contra la recurrente, los antecedentes procesales, y
CONSIDERANDO: Que dentro del proceso ordinario sobre reivindicación de inmueble a instancia de Hipólito Mercado Paz contra Matilde Rojas Primo, el a quo pronunció sentencia de primera instancia que declara improbada la demanda principal y probada la demanda reconvencional declarando a la demandada propietaria del terreno en litigio
AUTO SUPREMO N° 403 Sucre, 17 de diciembre de 2003
DISTRITO : Santa Cruz PROCESO: Ordinario sobre
reivindicación
PARTES : Hipólito Mercado Paz c/ Matilde Rojas Primo
RELATORA: Ministra Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
VISTOS: El recurso de casación interpuesto a fs. 149-150 por Matilde Rojas Primo, contra el auto de vista de fs. 145, pronunciado en fecha 26 de noviembre de 2001, por la Sala Civil Segunda de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el proceso ordinario sobre reivindicación seguido por Hipólito Mercado Paz contra la recurrente, los antecedentes procesales, y
CONSIDERANDO: Que dentro del proceso ordinario sobre reivindicación de inmueble a instancia de Hipólito Mercado Paz contra Matilde Rojas Primo, el a quo pronunció sentencia de primera instancia que declara improbada la demanda principal y probada la demanda reconvencional declarando a la demandada propietaria del terreno en litigio
- CONSIDERANDO: Que dentro del proceso ordinario sobre reivindicación de inmueble a instancia de Hipólito Mercado
- Contra la sentencia de primera instancia, el demandante recurre de apelación ante el Superior en
- La resolución de vista es impugnada en casación tanto en el fondo como en la
- CONSIDERANDO: Que, el Tribunal de Alzada a tiempo de conocer del recurso de apelación, revocó
- Que, de la revisión de los obrados se tiene que el tribunal de alzada a
- De igual manera la declaración informativa de Trinidad Teresa Padilla Huanca, a fs
- Que, de lo anteriormente expuesto, se evidencia que el a quo al pronunciar su sentencia
- En cuanto a la casación en la forma, no existe mérito en obrados para declarar
- Que, habiéndose infringido por el tribunal de alzada lo dispuesto por el art
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Para resolución interviene el Ministro de la Sala Penal Dr
- Dr. Héctor Sandoval Parada
- Proveído : Sucre, 17 de diciembre de 2003
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
