Para resolución interviene el Ministro de la Sala Penal Dr
Para resolución interviene el Ministro de la Sala Penal Dr. Héctor Sandoval Parada, según convocatoria de fs. 154
- CONSIDERANDO: Que dentro del proceso ordinario sobre reivindicación de inmueble a instancia de Hipólito Mercado
- Contra la sentencia de primera instancia, el demandante recurre de apelación ante el Superior en
- La resolución de vista es impugnada en casación tanto en el fondo como en la
- CONSIDERANDO: Que, el Tribunal de Alzada a tiempo de conocer del recurso de apelación, revocó
- Que, de la revisión de los obrados se tiene que el tribunal de alzada a
- De igual manera la declaración informativa de Trinidad Teresa Padilla Huanca, a fs
- Que, de lo anteriormente expuesto, se evidencia que el a quo al pronunciar su sentencia
- En cuanto a la casación en la forma, no existe mérito en obrados para declarar
- Que, habiéndose infringido por el tribunal de alzada lo dispuesto por el art
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Para resolución interviene el Ministro de la Sala Penal Dr
- Dr. Héctor Sandoval Parada
- Proveído : Sucre, 17 de diciembre de 2003
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
