CONSIDERANDO: Contra la sentencia de fs
PARTES : Myrna Peinado de Castedo c/ Enrique Eugenio Krebber Alpiri y otra
RELATORA : Ministra doctora Emilse Ardaya Gutiérrez
VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 327-328 interpuesto por Myrna Peinado de Castedo, representada por el Dr. F. Yves Ortíz Zúñiga, contra el Auto de Vista de fs. 323 a 324, pronunciado por la Sala Civil Primera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el proceso ordinario sobre nulidad y anulabilidad de documento y acción negatoria seguido por la recurrente contra Enrique Eugenio Krebber Alpiri y Marina Quiroga de Krebber y reconvención de éstos por resarcimiento de daños y perjuicios, los antecedentes procesales, y;
CONSIDERANDO: Contra la sentencia de fs. 300-305, que declara improbada la demanda principal y probada la reconvencional, la demandante Myrna Peinado de Castedo, interpone recurso de apelación, impugnación que es resuelta por el ad quem, confirmando en todas sus partes el fallo de primera instancia
- AUTO SUPREMO N° 138 Sucre, 12 de abril de 2003
- DISTRITO : Santa Cruz JUICIO : Ordinario - Nulidad y anulabilidad de documento y acción
- CONSIDERANDO: Contra la sentencia de fs
- Contra la resolución del Tribunal de Alzada, la demandante recurre de casación en la forma,
- CONSIDERANDO: Que, el capítulo VII del Título III del Libro I del Código de Procedimiento
- CONSIDERANDO: Que, el art
- Que, conforme dispone el art
- Que, examinado el expediente en uso de aquella facultad fiscalizadora, este Tribunal encuentra cierto el
- Que, el error en el que ha incurrido el a quo, debía ser inmediatamente observado
- Por lo que es de censurar la actitud de la parte recurrente por no haber
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- No siendo excusable el error en el que han incurrido el juez, como los Sres
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 12 de abril de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
