No siendo excusables los errores cometidos tanto por el juez a quo, como por los
No siendo excusables los errores cometidos tanto por el juez a quo, como por los Sres. Vocales signatarios del auto de vista, se les impone responsabilidad en multa que se regula en bolivianos ciento cincuenta para cada uno de ellos
- AUTO SUPREMO N° 162 Sucre, 28 de abril de 2003
- DISTRITO : Santa Cruz JUICIO : Ordinario - Restitución de mercadería y otros
- PARTES : FORBOL INTERNACIONAL SRL c/ WARRANT MERCANTIL S.A
- CONSIDERANDO: La sentencia de fs
- Contra la resolución de vista, recurren de casación tanto la empresa demandada Warrant Mercantil S
- La empresa demandada Warrant Mercantil S
- Los demandantes a su tiempo, recurren de casación en el fondo y en la forma,
- CONSIDERANDO: Que, mediante Auto Supremo N° 325 de fs
- Que, cumplida puntualmente la observación procesal contenida en el precitado Auto Supremo, este Tribunal apertura
- Que, habiendo ambas partes planteado recurso de casación en la forma corresponde que este Tribunal
- Que, es deber de los órganos jurisdiccionales velar porque los procesos se desarrollen sin vicios
- CONSIDERANDO: Que, sometidos a revisión los obrados en función a los recursos de casación en
- La infracción del art
- En cuanto a la infracción del art
- Los demandantes a tiempo de plantear su recurso de casación en la forma, acusan que
- Que, por todo lo expuesto, corresponde que este Tribunal Supremo expurgue el proceso, anulando obrados
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- No siendo excusables los errores cometidos tanto por el juez a quo, como por los
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 28 de abril de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
