Auto Supremo AS/0163/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0163/2003

Fecha: 28-Abr-2003

CONSIDERANDO: Una vez que el fallo de segunda instancia ha resuelto los dos recursos de


CONSIDERANDO: Una vez que el fallo de segunda instancia ha resuelto los dos recursos de apelación planteados, el Tribunal Supremo tiene abierta su legal competencia para considerar los recursos de casación interpuestos, sin embargo, habiéndose acusado en el recurso del demandante vicios de nulidad en el resolver del tribunal de segunda instancia, en cuanto hace a su recurso de apelación interpuesto, corresponde restringirnos únicamente al recurso de casación del demandante, en cuanto a los vicios de nulidad que anota