Auto Supremo AS/0163/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0163/2003

Fecha: 28-Abr-2003

POR TANTO: La Sala Civil de la Excma


POR TANTO: La Sala Civil de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad prevista por el art. 15 de la L.O.J, ANULA obrados hasta fs. 7552 vta., debiendo el Tribunal de alzada pronunciar nuevo auto de vista que a tiempo de resolver las alzadas guarde el principio de congruencia dentro del marco legal previsto por el art. 236 con relación al 227 ambos del Procedimiento Civil. No siendo excusable el error en el que incurrieron los Sres. Vocales signatarios del auto de vista, se les impone responsabilidad en multa que se regula en bolivianos cien a cada uno, que les serán descontados por habilitación