Auto Supremo AS/0184/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0184/2003

Fecha: 08-Abr-2003

En cuanto a la denuncia de falta de jurisdicción y competencia de los Jueces de


En cuanto a la denuncia de falta de jurisdicción y competencia de los Jueces de la ciudad de Oruro que hace la recurrente; examinado el expediente se evidencia que durante el proceso no formuló ninguna cuestión previa por falta de competencia, lo que significa que ha hecho una prorroga tácita de competencia, conforme establece el art. 28 de la Ley de Organización Judicial