Auto Supremo AS/0315/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0315/2003

Fecha: 13-Jun-2003

RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García


POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la atribución 1ª del art. 59 de la Ley de Organización Judicial, de acuerdo con el requerimiento fiscal de fs. 148 y en aplicación del primer periodo del art. 419 del Código de Procedimiento Penal, declara INFUNDADOS los recursos de casación deducidos a fs. 120-122 y 125-130 vlta., e INADMISIBLE in límine el venido a fs. 132 y vlta., con costas.

RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García