Auto Supremo AS/0315/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0315/2003

Fecha: 13-Jun-2003

Tan remotas son las contradicciones entre el Auto de Vista impugnado y los precedentes anteriores,


Tan remotas son las contradicciones entre el Auto de Vista impugnado y los precedentes anteriores, que el simple modus operandi de los incriminados, al transportar la droga desde la República del Perú, burlando controles policiales transfronterizos y en volúmenes de orden mayor, asociándose y confabulando para asegurar la ejecución de cada uno de sus actos y alentar esfuerzos de internación al mercado nacional, supone haber realizado transacciones previas antes de ser encontrados en posesión de la cantidad de 23 kilos y 450 gramos de alcaloide de cocaína, lo que configura el delito de transporte de sustancias controladas; pues el emprendimiento doloso asociativo en volúmenes mayores, burlando controles de seguridad de dos países por el origen de la droga internada a las fronteras patrias por ciudadanos de otros países y en volúmenes mayores, constituyen agravantes a tomar en cuenta en la imposición de las penas, lo que explica la gradualidad impuesta por los órganos judiciales, aunque no responde al principio de proporcionalidad que por el "ne bis in idem" del art. 400 del C.P.P., no se puede incrementar