Auto Supremo AS/0281/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0281/2003

Fecha: 09-Sep-2003

CONSIDERANDO: Que, el auto de vista confirma el auto apelado de fs

SALA CIVIL

AUTO SUPREMO N° 281 Sucre, 9 de septiembre de 2003

DISTRITO : Santa Cruz PROCESO: Ordinario sobre Nulidad de Registro de Inmueble y otros

PARTES : Rosario Elsa Alpire Ascarrunz y otros c/ Juan Manuel Veizaga y otros

MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez

 

VISTOS: El recurso de casación de fs. 715-716 interpuesto por Iber Marchetty Alvarez, contra el auto de vista de 3 de agosto de 2002, pronunciado a fs. 711, por la Sala Civil Segunda de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz en el ordinario sobre nulidad de registro de inmueble, reivindicación, desocupación, entrega de inmueble y desapoderamiento, más resarcimiento de daños y perjuicios, seguido por Rosario Elsa, Celia Andrea y Federico Hugo Alpire Ascarrunz contra el recurrente y otros, los antecedentes procesales, y

CONSIDERANDO: Que, el auto de vista confirma el auto apelado de fs. 637-638 de 20 de octubre de 2001 que rechaza las excepciones previas de incompetencia, incapacidad e impersonería, así como la excepción perentoria de cosa juzgada y declara la rebeldía del demandado. Contra esta resolución recurre de casación el demandado Iber Marchetty Alvarez, señalando que el auto de vista infringe el art. 236 del Código de Procedimiento Civil y el parágrafo III del art. 124 del igual adjetivo civil, con los argumentos expuestos en su memorial al servicio del recurso