Auto Supremo AS/0281/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0281/2003

Fecha: 09-Sep-2003

Que, de la revisión de los obrados en función a la primera infracción que trae


Que, de la revisión de los obrados en función a la primera infracción que trae el recurso interpuesto, se infiere que la resolución de vista no ha reparado en el agravio contenido en el memorial de apelación. En efecto, la apelación del demandado Marchetty Alvarez, está centrada en el hecho que la citación por edictos se la ha realizado en base al juramento de desconocimiento de domicilio prestado por quien no tenía personería para realizarlo. Extremo sobre el cual el tribunal ad quem no analiza, menos se pronuncia, por lo que infringe los principios de congruencia y pertinencia que le impone el art. 236 del adjetivo civil, cayendo en la nulidad que establece el art. 254-4) del adjetivo civil