CONSIDERANDO: Que contra el Auto de Vista mencionado, recurre de casación la Fiscal de Sustancias
CONSIDERANDO: Que contra el Auto de Vista mencionado, recurre de casación la Fiscal de Sustancias Controladas a fs. 547-549, denunciando que la Corte de alzada al pronunciar el Auto de Vista de fs. 540-546 vlta., no ha tomado en cuenta que los procesados Juan Claros Andrade, Serafín Claros Andrade, Orlando Claros Andrade, Facundo Colque Guzmán y Santos García Lizarazu, han tenido plena participación en la compra, acopio, transporte y pesaje de la droga, infringiendo los arts. 48, 53 y 78 de la Ley 1008, por lo que pide al Supremo Tribunal que se los declare autores del delito de tráfico de sustancias controladas, con las agravantes de asociación delictuosa y confabulación y uso de armas, condenándoles a cada uno a la pena de trece años de presidio, a cumplir en la cárcel pública de esta ciudad y asimismo, disponga la confiscación definitiva del vehículo CBE-034
- CONSIDERANDO: Que a fs
- A los coprocesados Serafín Claros Andrade, Facundo Colque Guzmán y Santos García Lizarazu, los declara
- Al procesado Orlando Claros Andrade lo declara cómplice del delito de tráfico de sustancias controladas
- Al procesado Jorge Colque Choque lo declara autor del delito de obligación de denuncia por
- En cumplimiento del Auto Supremo anulatorio de fs
- CONSIDERANDO: Que contra el Auto de Vista mencionado, recurre de casación la Fiscal de Sustancias
- El procesado Facundo Colque Guzmán con los fundamentos contenidos en el recurso de casación deducido
- En esta misma línea de impugnación del Auto de Vista de fecha 10 de septiembre
- Por su parte, el procesado Serafín Claros Andrade recurre de casación a fs
- Finalmente, el recuso de casación formulado por el procesado Orlando Claros Andrade a fs
- La situación jurídica del imputado Facundo Colque Guzmán, se encuadra al tipo previsto en el
- En cuanto a la responsabilidad del imputado Serafín Claros Andrade, por informe policial se tuvo
- Finalmente, en relación al recurso de casación interpuesto por la Fiscal; quien pretende se case
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: MinistroDr. Jaime Ampuero García
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
- 1
