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    Auto Supremo AS/0580/2004
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0580/2004

    Fecha: 04-Oct-2004

    POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación al segundo


    POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación al segundo parágrafo del artículo 419 del Código de Procedimiento Penal, DEJA SIN EFECTO el Auto de Vista impugnado, y dispone que los Vocales habilitados de la Sala Penal de la Corte Superior del Beni, previo sorteo, pronuncien nuevo Auto de Vista conforme a la doctrina legalaplicable
    • Asesinato y otros
    • CONSIDERANDO: que admitido el recurso de casación por Auto Supremo N° 158 de 18 de
    • Que de la revisión de los datos del proceso se advierte que pronunciada la sentencia
    • Que por lo expuesto se concluye que la Corte de Alzada, al dictar el Auto
    • Hay nulidad cuando el acto contiene un vicio estructural, y si un tribunal actúa sin
    • Corresponde al Supremo Tribunal ejercer el control del cumplimiento de los plazos perentorios, la observancia
    • POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación al segundo
    • Para fines del artículo 420 del Código de Procedimiento Penal, remítanse copia del presente Auto
    • Relator: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Sucre, cuatro de octubre de dos mil cuatro
    • Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
    • 1

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