Auto Supremo AS/0580/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0580/2004

Fecha: 04-Oct-2004

Que por lo expuesto se concluye que la Corte de Alzada, al dictar el Auto


Que por lo expuesto se concluye que la Corte de Alzada, al dictar el Auto de Vista impugnado, lo ha hecho sin competencia, ya que ningún Tribunal puede arrogarse jurisdicción y competencia que no emane de la Ley, de acuerdo a lo prescrito por los artículos 25, 26 y 30 de la Ley de Organización Judicial, infringiendo el artículo 31 de la Constitución Política del Estado, aspecto que se considera como un defecto absoluto que afecta al debido proceso, al haber perdido competencia la Vocal relatora