Auto Supremo AS/0639/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0639/2004

Fecha: 20-Oct-2004

Que promovida la apelación restringida por los procesados contra la sentencia del tribunal inferior, la


Que promovida la apelación restringida por los procesados contra la sentencia del tribunal inferior, la Corte ad quem mediante A.V. N° 07/2004, de 22 de marzo de 2004 de fs. 52-54, declaró PROCEDENTE la apelación restringida deducida a fs. 26-28 del cuaderno por el imputado Magno Catur Bernal y deliberando en el fondo ANULA PARCIALMENTE la sentencia N° 01/2004 cursante a fs. 17-22 y, en consecuencia CONFIRMA EN PARTE la sentencia apelada manteniendo la condena impuesta en contra del imputado MAGNO CATUR BERNAL, por ser autor de la comisión del delito de transporte de sustancias controladas en el grado de tentativa, previsto por el art. 55 de la Ley 1008 en relación al art. 8 del Código Penal, imponiéndole la pena de 5 años y 4 meses de presidio a cumplir en el Penal de San Pedro y, en relación al co imputado Juan Tomas Catur Bernal se declara IMPROCEDENTE el recurso de apelación restringida formulada a fs. 31-34 vlta y en consecuencia se CONFIRMA la sentencia N° 01/2004 cursante a fs. 17-22, con la modificación que se declara al citado imputado autor del delito de complicidad en la tentativa de transporte de sustancias controladas, previsto en la sanción del art. 55 de la L. N° 1008 en relación al art. 8 del Código Penal, en el grado de participación prevista por el art. 76 de la Ley Especial del Régimen de Sustancias Controladas, imponiéndole la pena de 3 años y 6 meses de presidio, a cumplir en el Penal de San Pedro de la ciudad de Oruro y demás sanciones secundarias de ley. Asimismo, se mantiene la absolución a favor de los imputados en la comisión del delito previsto en el art. 48 de la L. N° 1008