Auto Supremo AS/0034/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0034/2004

Fecha: 09-Nov-2004

Asimismo, tanto el Juez a-quo, como el Tribunal ad-quem, fundan sus resoluciones en las literales


Asimismo, tanto el Juez a-quo, como el Tribunal ad-quem, fundan sus resoluciones en las literales de fs. 1-4, luego de habérselas considerado en su aspecto formal y en función de ello decidido por su admisibilidad; así como haber considerado la pertinencia y el valor probatorio de las mismas para asumir convicción de los hechos sin incurrir en infracción alguna; marco en el que conviene precisar que, si bien dichas literales no son originales, a falta de ellas o de otras, merecen su consideración como indiciarias al tenor del art. 199 del Código Procesal del Trabajo, máxime si el silencio del demandado, al tenor del art. 161-a) del anteriormente citado ritual laboral, les ha otorgado, tácitamente, el carácter de genuinos. En efecto, el demandado, en ningún momento, menos en apelación, las ha tachado de falsedad o como bien advierte el Tribunal de apelación, pudiendo haber desvirtuado las pretensiones del actor en segunda instancia y con arreglo a los Arts. 232-I y 233-4) no lo hizo