Auto Supremo AS/0099/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0099/2004

Fecha: 22-Nov-2004

El recurso extraordinario de casación se equipara a una demanda nueva de puro derecho, que


Impugnando el referido auto de vista, los representantes legales de la demandada familia Capriles plantearon recurso de casación en la forma y en el fondo en el que solicitaron la anulación de obrados hasta el vicio más antiguo, alternativamente se case el auto de vista y en el fondo se declare improbada la demanda.

El recurso extraordinario de casación se equipara a una demanda nueva de puro derecho, que tiene por finalidad inmediata que el tribunal de casación enmiende los agravios inferidos a las partes por las autoridades judiciales, cuando a tiempo de pronunciar las resoluciones de instancia se ha violado, interpretado erróneamente o aplicado indebidamente la ley, así como por error de hecho o de derecho en la apreciación de la prueba, en esa situación se produce error o vicio in judicando; de igual manera se podrá interponer recurso de casación por errores o vicios in procedendo, cuando se ha tramitado un proceso o dictado una resolución violando formas esenciales del proceso, es decir cuando se produce una causa trascendente e insanable de anulación que influye en la decisión de la causa; todo en el marco de lo previsto por los arts. 250, 253 y 254 del Código de Procedimiento Civil