Auto Supremo AS/0680/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0680/2004

Fecha: 05-Nov-2004

POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia con la facultad conferida


POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia con la facultad conferida por el inciso 6) del artículo 118 de la Constitución Política del Estado, en desacuerdo con el requerimiento del Fiscal de fojas 303 a 304 vuelta, RECHAZA la apertura de causa penal contra los Vocales de la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba Dres. Angel Montero Montecinos y Raúl Pablo Brañez Galindo por supuestos delitos de prevaricato y resoluciones contrarias a la Constitución Política del Estado y a las Leyes previsto por los artículos 173 y 153 del Código Penal, porque el hecho querellado no constituye delito según el artículo 304 inciso 1) del Código de Procedimiento Penal, y declara la extinción de la acción penal, con costas, ordenando el archivo de obrados