Que los ejecutados René Walter Morales Guzmán y Jorge Morales Larrea, en su memorial de
Que los ejecutados René Walter Morales Guzmán y Jorge Morales Larrea, en su memorial de apelación de 19 de septiembre de 2001, reconocieron el pago de $us 13.000 pero mencionaron otros pagos a cuenta que superaron la suma de $us 16.854,20 señalando que, antes de dictarse la sentencia, debían la suma de $us 39.896,95 sin especificar si ese monto corresponde al capital o a intereses
- Brañez Galindo y otro
- CONSIDERANDO: que mediante requerimiento de fojas 34, el doctor Oscar Crespo Solíz, Fiscal General de
- CONSIDERANDO: que la querella por prevaricato sostiene que el doctor Angel Montero Montecinos y el
- Que del examen de las pruebas de cargo y descargo, se concluye que, dentro del
- Que la sentencia ejecutiva fue dictada el 8 de septiembre de 2001 declarando probada la
- Que los ejecutados René Walter Morales Guzmán y Jorge Morales Larrea, en su memorial de
- Que el Auto de Vista de 16 de marzo de 2002 pronunciado por los Vocales
- Que de la valoración de la prueba de cargo y descargo con relación al hecho
- Que por lo expuesto, no corresponde calificar esa decisión como conducta tipificada como delito por
- Que los querellados, al dictar el Auto de Vista de 16 de marzo de 2002,
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia con la facultad conferida
- El Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada fue de voto disidente con la presente resolución
- RELATOR: Ministro Jaime Ampuero García
- Regístrese, hágase saber y archívese
- Sucre, cinco de noviembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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