Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0680/2004
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0680/2004

    Fecha: 05-Nov-2004

    Sucre, cinco de noviembre de dos mil cuatro


    Fdo. Dr. Héctor Sandoval Parada

    Dr. Jaime Ampuero García

    Dr. José Luis Baptista Morales



    Sucre, cinco de noviembre de dos mil cuatro
    • Brañez Galindo y otro
    • CONSIDERANDO: que mediante requerimiento de fojas 34, el doctor Oscar Crespo Solíz, Fiscal General de
    • CONSIDERANDO: que la querella por prevaricato sostiene que el doctor Angel Montero Montecinos y el
    • Que del examen de las pruebas de cargo y descargo, se concluye que, dentro del
    • Que la sentencia ejecutiva fue dictada el 8 de septiembre de 2001 declarando probada la
    • Que los ejecutados René Walter Morales Guzmán y Jorge Morales Larrea, en su memorial de
    • Que el Auto de Vista de 16 de marzo de 2002 pronunciado por los Vocales
    • Que de la valoración de la prueba de cargo y descargo con relación al hecho
    • Que por lo expuesto, no corresponde calificar esa decisión como conducta tipificada como delito por
    • Que los querellados, al dictar el Auto de Vista de 16 de marzo de 2002,
    • POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia con la facultad conferida
    • El Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada fue de voto disidente con la presente resolución
    • RELATOR: Ministro Jaime Ampuero García
    • Regístrese, hágase saber y archívese
    • Sucre, cinco de noviembre de dos mil cuatro
    • Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
    • 1

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca