Auto Supremo AS/0680/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0680/2004

Fecha: 05-Nov-2004

Que los querellados, al dictar el Auto de Vista de 16 de marzo de 2002,


Que los querellados, al dictar el Auto de Vista de 16 de marzo de 2002, actuaron en el marco del artículo 236 del Código de Procedimiento Civil. En el supuesto caso de haber existido error de cálculo, la parte afectada debió haber pedido complementación y enmienda o interponer el recurso que la ley franquea para hacer valer sus derechos. Al no haber los interesados procedido como correspondía, el mencionado Auto de Vista adquirió la calidad de cosa juzgada