Auto Supremo AS/0729/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0729/2004

Fecha: 26-Dic-2004

Que el imputado Fadir Vanegas Vaca, por medio de su representante, recurrió de casación a


Que el imputado Fadir Vanegas Vaca, por medio de su representante, recurrió de casación a fojas 129 a 130 vuelta, sin invocar ningún precedente y protestando fundamentar su recurso ante el Tribunal Supremo, denunció que al ser el imputado menor de edad correspondía aplicar las normas contenidas en la Ley número 2026 concretamente el artículo 303 y siguientes del Código Niño, Niña y Adolescente. Consideró que si el delito se produjo en la localidad de Bioceánica el Juez garante de la etapa investigativa era el de la localidad de Porvenir, consiguientemente se incurrió en la nulidad prevista por el artículo 31 de la Constitución Política del Estado; puntualizó que no se notificó con la sentencia de primer grado a los propietarios de, las motocicletas incautadas, y finalmente concluyó señalando que se infringió el artículo ocho del Código Penal con relación al artículo 55 de la Ley 1008, toda vez que la conducta de su hijo menor de edad no se adecuó al tipo penal por el cual resultó condenado injustamente. Por todo lo dicho pidió que se anule el proceso al existir los defectos absolutos en su tramitación previstos por el artículo 169 del Código de Procedimiento Penal