Auto Supremo AS/0029/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0029/2004

Fecha: 10-Feb-2004

CONSIDERANDO: El auto de vista confirma la sentencia apelada, resolución que es impugnada en casación

SALA CIVIL

AUTO SUPREMO N° 29 Sucre, 10 de febrero de 2004

DISTRITO : Cochabamba PROCESO: Ordinario sobre reivindicación, mejor derecho de propiedad y otros

PARTES : Enrique Claros Lazarte c/ Víctor Tapia Ríos y otra

RELATORA: Ministra Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez

 

VISTOS: El recurso de casación interpuesto a fs. 225-226 por Víctor Tapia Ríos y Victoria Callaú de Tapia contra el auto de vista de fs. 221, pronunciado en fecha 14 de febrero de 2002, por la Sala Civil Primera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, en el ordinario sobre reivindicación, mejor derecho, entrega del lote, daños y perjuicios y declaratoria de nulidad de escritura que sigue Enrique Claros Lazarte contra los recurrentes, antecedentes del proceso, y

CONSIDERANDO: El auto de vista confirma la sentencia apelada, resolución que es impugnada en casación en el fondo por los demandados, quienes acusan violación de los arts. 152, 1289, 1296, 1544, del Código Civil, y arts. 236, 373, 378, 397, 405 y 408 de su Procedimiento, finalmente señalan que el actor no ha demostrado haber estado en posesión por lo que no procede la acción reivindicatoria, para finalmente pedir que el tribunal de casación en forma alternativa anule obrados hasta el vicio mas antiguo o alternativamente case el auto de vista