Auto Supremo AS/0197/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0197/2004

Fecha: 23-Abr-2004

En cuanto al cálculo del salario indemnizable, el Ad quem ha incurrido como se reclama


En cuanto al cálculo del salario indemnizable, el Ad quem ha incurrido como se reclama en error de hecho, ya que en cumplimiento de la previsión de los arts. 13 y 19 de la Ley General del Trabajo, con relación a las Leyes de 8 de diciembre de 1942 y 9 de noviembre de 1940, el monto pertinente para la liquidación de los beneficios sociales reconocidos era el establecido por el Juez A quo, de Bs. 1.273,05, habida cuenta que el mismo responde al total ganado, erradamente recalculado sobre la base del líquido pagable