POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
POR TANTO: La Sala Penal de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, aplicando el art. 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto en fs. 282-284
- CONSIDERANDO: Que los requisitos exigidos para la admisibilidad del recurso de casación son: a) incoar
- CONSIDERANDO: Que Valeriano Uluri Machaca en el recurso de casación, indica que interpuso apelación incidental
- El recurrente, indica también que, el Tribunal de Apelación no ha resuelto el recurso de
- CONSIDERANDO: Que el recurrente manifiesta en el recurso de casación que invocó precedentes contradictorios en
- Por otro lado, acusa la infracción del art
- De otro lado, invocó el Auto de Vista Nº 125/04 de 12 de marzo de
- Finalmente, el Auto de Vista impugnado resuelve el recurso de apelación incidental y el recurso
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez._Secretario de Cámara
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