Auto Supremo AS/0367/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0367/2004

Fecha: 22-Jun-2004

Ahora bien, en atención a la densa jurisprudencia invocada como precedentes, lo que llena las


Ahora bien, en atención a la densa jurisprudencia invocada como precedentes, lo que llena las exigencias establecidas por los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, corresponde al Supremo Tribunal declarar admisibles los recursos de casación deducidos por el Fiscal a fs. 101-102; Fadir Vanegas Vaca a fs. 129-130 vlta. y por los coimputados Noe Pablo Arias Lozano, Freddy Emerson Tipe Meza y Fortunato Quispe Zúñiga a fs. 163-167 de obrados