Por su parte los imputados Noe Pablo Arias Lozano, Freddy Emerson Tipe Meza y Fortunato
Por su parte los imputados Noe Pablo Arias Lozano, Freddy Emerson Tipe Meza y Fortunato Quispe Zúñiga al recurrir de casación con los fundamentos de su memorial de fs. 163-167, acusan la violación del art. 6 de la Constitución Política del Estado al haber sido discriminados por los Vocales de la Corte de alzada; que han sido utilizados por una tercera persona supuestamente para trasladar goma, desde la "propiedad Chaco" de Jesús el Negro hasta la Localidad de "Bioceánica", sin embargo de buena fe y por solidaridad colaboraron el traslado de las mochillas sin saber que las mismas contenían sustancias controladas; que su participación encaja en el delito de tentativa de transporte en grado de complicidad, prevista en el art. 76 con relación al art. 55 de la Ley 1008, por consiguiente sostienen que se han violado dichas disposiciones legales, así como la vulneración e interpretación errónea del art. 48 de la L. 1008 y los arts. 8, 14, 20, 21, 22, 38 y 39 del Código Penal, por lo que piden al Supremo Tribunal que su conducta sea tipificada como complicidad en el delito de tentativa de transporte de sustancias controladas
- CONSIDERANDO: Que en el marco normativo del Código de Procedimiento Penal, se exige que todo
- En este contexto y dentro del plazo previsto por el art
- El imputado Fadir Vanegas Vaca por medio de su representante recurre de casación a fs
- Por su parte los imputados Noe Pablo Arias Lozano, Freddy Emerson Tipe Meza y Fortunato
- Para demostrar la contradicción existente entre el A
- El A
- Ahora bien, en atención a la densa jurisprudencia invocada como precedentes, lo que llena las
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y hágase saber
- 1
