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6. De su parte, las querellantes, por medio de su apoderado Jorge Arturo Valverde Bravo, interpusieron igualmente recurso de casación contra el indicado Auto de Vista citando como infringidas las disposiciones contenidas en los artículos 8, 308, 310, 312, 319, 108, 27 y 38 del Código Penal y los artículos 85, 100, 242-8 del Código de Procedimiento Penal, con los siguientes argumentos:
Durante el proceso se demostró que hubo tentativa de violación mediante actos idóneos e inequívocos que dieron ya comienzo a la ejecución del delito, el cual no llegó a consumarse. El hecho de que tal delito no se cometió tuvo como causa no un "arrepentimiento y desistimiento eficaz" ni la aparición de un agente externo, sino el ambiente en que se produjeron los hechos que, por ser un lugar en el que se impartían clases de canto, los gritos o llantos en caso de una agresión física violenta hubieran llamado la atención del personal de servicio o de otras personas que se encontraban en la casa
- PARTES: Ministerio Público y otros c/ Lucio Paz Roca
- Abuso deshonesto y otro
- MINISTRO RELATOR: Dr. Héctor Sandoval Parada
- | VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Lucio Paz Roca (fojas 813 a 817
- CONSIDERANDO: que el caso de autos tuvo origen en los siguientes antecedentes
- El 10 de marzo del año 2000, el mencionado Juez Quinto de Instrucción en lo
- El día 7 de junio del año 2001 el Juez Segundo de Partido en lo
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- Impugnando el indicado Auto de Vista, Lucio Paz Roca interpuso recurso de casación citando como
- El Auto de Vista otorgó el carácter de plena prueba a la declaración de un
- El informe del Médico Forense señala únicamente que la posible presencia de hongos y bacterias
- Las afirmaciones de las menores con detalles sobre abusos deshonestos fueron rebatidas totalmente por el
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- En cuanto a los delitos de abuso deshonesto y corrupción de menores, si bien expresan
- Respecto a las medidas de seguridad afirman que no existe disposición legal alguna que señale
- CONSIDERANDO: que analizados los argumentos que constan en la sentencia que originó la presentación de
- Tercera
- Cuarta
- POR TANTO: La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Héctor Sandoval Parada
- Dr. Jaime Ampuero García
- Dr. José Luis Baptista Morales
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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