Resolución de vista que es impugnada en casación en la forma y en el fondo
Resolución de vista que es impugnada en casación en la forma y en el fondo por los demandados Armando Guzmán Maldonado y Nancy Durán Cuellar. En la forma, acusan que el auto de vista hubiere sido dictado en forma "ultra petita" porque la demanda peticiona solo mejor derecho, acción reivindicatoria y acción negatoria y en ninguna parte se demanda la desocupación, entrega de terreno, plazo para la entrega y el desapoderamiento, como lo ha dispuesto el a quo, con abuso y exceso de autoridad; acusan también nulidad por haber sido citado en un domicilio ajeno como es el barrio Foianini, 4º anillo, cuando su domicilio esta ubicado en el terreno de la litis, Barrio La Carmelitas U.V.ET 45, final Piraí 5º anillo de circunvalación, como lo acreditan con el certificado de domicilio de fs. 31; sostiene también que debe anularse obrados por la adulteración de la foliatura de fs. 247 a 255, pese a la orden de corrección por parte del inferior no se cumplió, continuando a la fecha con el vicio insubsanable
- CONSIDERANDO: El auto de vista confirma en todas sus partes la sentencia pronunciada por el
- Resolución de vista que es impugnada en casación en la forma y en el fondo
- CONSIDERANDO: Revisados los obrados en función al recurso de casación en la forma, se llega
- En efecto, la demanda peticionaba mejor derecho de propiedad y acción reivindicatoria, de ahí porqué
- Sobre la acusada nulidad de citación en un domicilio distinto al que ocupa, esta afirmación
- Respecto a la acusada nulidad por adulteración de foliatura, de ninguna manera es causal de
- CONSIDERANDO: En cuanto al recurso en el fondo, tampoco es cierto que el Tribunal ad
- En cuanto a la prueba de descargo de fs
- En efecto, la prueba de descargo de fs
- En segundo lugar, nos muestra que la demanda de usucapión, no estuvo dirigida contra Walter
- Finalmente, es de señalar que si los demandados pretendían usucapir el lote de en litigio
- Se regula el honorario de abogado en la suma de Bolivianos Quinientos que mandará hacer
- Ministra Relatora: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Regístrese y devuélvase
- Firmado: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Armando Villafuerte Claros
- Proveído: Sucre, 27 de septiembre de 2004
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil Primera
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