Auto Supremo AS/0338/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0338/2005

Fecha: 14-Nov-2005

CONSIDERANDO: Que, revisados los antecedentes procesales, se evidencian los siguientes extremos


CONSIDERANDO: Que, revisados los antecedentes procesales, se evidencian los siguientes extremos:

1) La Jueza de primera instancia, por la Sentencia cursante a fs. 116-118 de obrados, declara probada en parte la demanda intentada por la actora, determinando que la Alcaldía Municipal de Huanuni le cancele los derechos sociales que indica en dicho fallo, manifestando de manera sui generis en el penúltimo párrafo, lo siguiente: "[...] En aplicación a lo preceptuado por el art. 197 del Código de Procedimiento Civil se dispone la consulta del presente fallo ante el superior en grado sin perjuicio de la apelación que pudiera interponerse por las partes." (sic)